Alquiler turístico en Menorca en 2026: qué permite la ley a una vivienda nueva
Hoy no se pueden iniciar en Menorca nuevas actividades de alquiler turístico de viviendas: la Ley 3/2022 las suspende hasta que se fije el techo de plazas turísticas de la isla. Además, la Ley de Turismo de Baleares exige que la vivienda tenga al menos cinco años de antigüedad, salvo que un reglamento fije otro plazo, así que una villa recién construida no podría empezar antes de esa fecha.
La suspensión en Menorca
«1. Se suspende, en la isla de Menorca, el inicio de nuevas actividades turísticas de establecimiento de alojamiento hotelero, apartamentos turísticos, establecimientos de alojamientos de turismo rural y albergues, refugios y hospederías, así como viviendas residenciales objeto de comercialización turística o viviendas turísticas vacacionales, como también la ampliación de plazas de los establecimientos que están actualmente en funcionamiento.»Ley 3/2022, disposición adicional segunda, apartado 1
La suspensión dura hasta que se evalúe la capacidad de carga turística de la isla con el plan de intervención en ámbitos turísticos (PIAT) o el plan territorial insular (PTI), o hasta que el pleno del Consell Insular apruebe de forma definitiva el techo de plazas turísticas basado en un estudio de capacidad de carga (apartado 3, redactado por el Decreto-ley 4/2025).
A 19 de noviembre de 2025, la prensa local informaba de que el Consell estaba ultimando ese techo de plazas. Antes de contar con un alquiler turístico, confirma con el Consell Insular de Menorca si la suspensión sigue vigente.
El apartado 4 recoge excepciones para situaciones anteriores a la ley (obras en curso, licencias solicitadas o concedidas en los seis meses anteriores, áreas de reconversión territorial y algunos expedientes de turismo rural). Ninguna se refiere a una vivienda nueva que se quiera destinar ahora al alquiler turístico.
Cinco años de antigüedad
Aunque se levante la suspensión, la Ley de Turismo pone un requisito que afecta directamente a las viviendas nuevas:
«17. Las viviendas residenciales respecto de las cuales se presente la declaración responsable con el fin de iniciar la actividad de comercialización de estancias turísticas deben tener la antigüedad mínima que se determine reglamentariamente, acreditable mediante la declaración de obra nueva o la licencia de primera ocupación, o mediante un certificado municipal emitido a este efecto. Durante este periodo el uso de la vivienda tiene que haber sido residencial privado. En defecto de reglamentación, la antigüedad mínima será de cinco años.»Ley 8/2012 del turismo de las Illes Balears, art. 50.17
Otros requisitos de la Ley de Turismo
- Zona apta: solo se pueden presentar nuevas declaraciones para viviendas situadas en zonas declaradas aptas de forma expresa (art. 50.3).
- Estancias cortas: la comercialización turística es la cesión de la vivienda completa por días o semanas, sin que una estancia supere el mes, es decir, las treinta noches (art. 50.13).
- Suelo rústico protegido: no se permiten nuevas actividades en viviendas situadas en él, salvo lo que establezcan de forma motivada los PIAT o los PTI (art. 50.18).
- Eficiencia y suministros: certificado energético mínimo (calificación D para edificios posteriores a 2008, en defecto de reglamento) y contadores individuales (art. 50.5 y 50.6).
Qué significa para quien compra una villa LLUM
Las villas LLUM son viviendas nuevas pensadas para uso propio. Con la normativa vigente a la fecha de este artículo, no pueden destinarse al alquiler turístico: la suspensión de Menorca lo impide hoy y, además, la ley exige cinco años de antigüedad en defecto de reglamento. Si el alquiler turístico es importante en tu decisión, consúltalo antes de comprar.
Fuentes
- Ley 3/2022, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears (texto consolidado, BOE) — disposición adicional segunda, en la redacción del Decreto-ley 4/2025
- Decreto-ley 4/2025, de 11 de abril (BOE)
- Ley 8/2012, del turismo de las Illes Balears (texto consolidado, BOE) — art. 50
- Menorca.info: el Consell de Menorca ultima el nuevo techo de plazas turísticas (19-11-2025)
Artículo informativo, redactado a partir de la normativa vigente en la fecha de revisión. No sustituye el asesoramiento de un abogado o un asesor fiscal para tu caso concreto.
